III
DECISIÓN
En fuerza de los razonamientos que anteceden, este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL en nombre de la República y por autoridad de la ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS de los cónyuges DANIEL ORDOÑEZ BEJAR y JENSIRE DEL MAR VALLENILLA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.483.431 y V-13.747.309, respectivamente, decretada el 19 de octubre de 2012, en consecuencia, SE DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía, el cual fue celebrado en fecha 26 de marzo de 2010, contrajeron matrimonio ante el Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Miranda, según consta en Acta N°. 140, folio 140 del tomo I correspondiente al año 2010, por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil Venezolano.
Regístrese, Publíquese y Déjese copia.
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