En consecuencia en fuerza de los razonamientos que anteceden, este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos JHONNY DANIEL FLORES MORENO Y DIVA ISABEL MARTHA NEBREDA MANCILLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.461.434 y V-17.400.215, respectivamente, fundamentada en el artículo 185 del Código Civil, en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los citados ciudadanos, contraído el día 26/02/2016, ante el Registro Civil de la Alcaldía de la parroquia Leoncio Martínez, Municipio Sucre del estado Bolivariano de Miranda, según consta en acta N°52, Tomo 1, folio 52 del año 2016 del Libro de Registro Civil de Matrimonios de ese año.
Regístrese, Publíquese y Déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho d.....