En este estado transcurrido en exceso como ha sido el lapso establecido por este Juzgado en fecha 17 de Septiembre de 2015, a saber: 18; 19, 20, 21; 22; 23; 24; 25; 26, 27, 28; 29; 30 de septiembre; 01; 02; 03, 04, 05; 06; 07; 08; 09, 10, 11, 12, 13, 14; 15.... de Octubre de 2015; para que la solicitante consignara el documento original solicitado; documento fundamental para la tramitación de la declaración de Únicos y Universales Herederos que requiere, y visto que hasta la presente fecha no ha comparecido por ante este Tribunal ni por si ni por medio de apoderado alguno; es forzoso para este Juzgado declarar INADMISIBLE la presente solicitud.- Y ASÍ SE DECIDE.