Sobre la base de lo expuesto, este Juzgado administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de rectificación de las Actas de Nacimiento y de Defunción de quien en vida se llamaran GRACIELA TORREALBA CADENAS, GUSTAVO TORREALBA CADENAS y LUIS JAVIER TORREALBA CADENAS, solicitada por los ciudadanos Gioconda Solimar Alberti Torrealba, Gustavo Jesús Torrealba Luna y Carlos Antonio Torrealba Rivas. En consecuencia, el apellido materno que aparece en las citadas actas de nacimiento y defunción como CADENAS debe decir CADENA, para formar los nombres completos GRACIELA TORREALBA CADENA, GUSTAVO TORREALBA CADENA y LUIS JAVIER TORREALBA CADENA.
Como consecuencia de lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil en concordancia con lo dispuesto en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil y en el artículo 502 del Código Civil, una vez ejecutoriada la sentencia, se insertará ínte.....