DECISION
Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre de los ciudadanos: ELIEZER EMILIO ARCIA PARRA y IRAIDA YAMELIN MEDINA TORRES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.072.055 y V-10.510.407, respectivamente, y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos por ante la Jefatura Civil de San Agustín del Sur el día 19 de febrero de 2011, según consta copia certificada del Acta de Matrimonio Nº 08, del libro de matrimonios del Registro Civil...