DECISIÓN
En consecuencia, este Tribunal Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la Rectificación del Acta de Nacimiento expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Bolivariano Libertador, Distrito Capital, inserta bajo el Acta Nro. 922, del año 1980, en referencia a todo lo antes expuesto.ASÍ SE DECIDE.
Publíquese, Regístrese Notifíquese y déjese copia.
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los doce (12) días del mes de febrero del año 2016. Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.
LA JUEZ,
MARITZA BETANCOURT
POR SECRETARIA,
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En esta misma fecha se publicó y registró la anterior dec.....