DECISION
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Noveno de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, formulada por los ciudadanos JOSE RAMON CRESPO DIAZ y ROSALINDA JASPE CORONADO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.114.430 y V-6.356.693, respectivamente, asistidos por GERARDO JOSE RONDON RAMOS y LUIS EDUARDO BLANCO VERDU, abogados, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 162.322 y 162.514, respectivamente, en consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 21 de Junio de 1979, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Lucía, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 176, asentada en el libr.....