En consecuencia se declara INADMISIBLE la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, presentada por las ciudadanas LEONARDO CAROLI DROVANDI y FEDERICO CAROLI DROVANDI, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.660.162 y V-4.773.177, respectivamente. Así se decide.