Por las argumentaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos y bienes en divorcio, presentada por los ciudadanos MARIA DE LOS ANGELES ECHETO TORREALBA y NORBERTO ANTONIO SALAS MARTI, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.169.863 y V-12.060.885, respectivamente, y consecuencialmente DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos el día 15 de agosto de 2014, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Petare del Municipio Sucre del estado Bolivariano de Miranda, la cual corre inserta al acta N° 393, tomo 2, folio 143 y vto., de fecha 15/08/2014, de los libros de Registro Civil de Matrimonio del año 2014. Líbrese Oficio ante la Oficina de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Petare del Municipio Sucre del estado Bolivariano de Miranda, al Regis.....