DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Décimo Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO del artículo 185 del Código Civil, en concordancia con la sentencias Nº693, de fecha 02 de junio de 2015, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, interpuesta por la ciudadana ROSANNA BETZABTH CEDEÑO FERMIN, identificada al inicio de este fallo.
SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre los solicitantes el día 16 de junio de 2017, expedida por ante el por ante el Registro Civil de la Parroquia San José del Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, según se evidencia en acta Nº 75, del Año 2017, del libro de Registro Civil de Matrimonios llevado ante dicha autoridad,.....