Sobre la base de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda incoada por las ciudadanas RINA ESTHER PACILLO DE ALISETTI, FILOMENA PACILLO DE GUIDA Y SILVIA ANTONIA PACILLO DE LEÓN, en contra del ciudadano YOWANNY JOSÉ CALLES MARTÍNEZ, ambas partes suficientemente identificadas en esta decisión. En consecuencia, se declara concluido el contrato de arrendamiento que vincula a las partes, y se condena a la parte demandada a hacer entrega de los locales comerciales distinguidos con los No. 2 y 3 del edificio Romano, situado en la avenida Humboldt de la Urbanización Bello Monte, Municipio Libertador del Distrito Capital, libre de Personas y de Bienes y en las misma buenas condiciones en que se le entregó; así mismo, se le condena al pago de la suma de Bs. 29.550,00, correspondiente a los daños y perjuicios ocasionados por la .....