En vista de los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL DÉCIMO TERCERO DE
MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República
Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, pasa a dictar el dispositivo en el presente caso
declarando lo siguiente:
PRIMERO: De conformidad con lo previsto en los artículos 263, 265 y 154 del Código de
Procedimiento Civil, este Juzgador le imparte su HOMOLOGACIÓN al DESISTIMIENTO efectuado
por la profesional del derecho DAYSI GARCIA RAMOS, abogada en ejercicio e inscrita en el
Inpreabogado bajo el N° 26.763, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana JABELIN
MENDEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V- 9.969.269, en fecha
15 de marzo de 2023.
SEGUNDO: Se acuerda expedir copias certificadas de la presente HOMOLOGACIÓN, las
cuales serán certificadas por la Secretaria de este Tribunal, de conf.....