Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO solicitado en fecha 02 de julio de 2019, por la abogada MILAGROS SILVA inscrita en el Inpreabogado bajo la matricula Nº 78.702, actuado en su carácter de apoderada Judicial de los ciudadanos ISABEL PIEDAD SAPENE DE SARMIENTO, ALEXANDRA SARMIENTO SAPENE Y GRACIELA BEATRIZ SARMIENTO SAPENE, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.941.332, V-11.414.381 y V- 6.968.322, respectivamente, con el carácter de herederas de la sucesión ALBERTO SARMIENTO COLMENARES, en el presente procedimiento que por DESALOJO (VIVIENDA), intentada en contra de los ciudadanos NICCOLO MARIO CAPRA y LILIANA JOSEFA BAYONA CORDERO, venezolanos,.....