Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, obrando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por virtud de la autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la confesión ficta de la parte demandada ciudadano José Pestana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 4.819.366.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por desalojo interpuso por la Sociedad Mercantil "LA LUCHA, C.A.,", en contra el ciudadano JOSE PESTANA.
TERCERO: SE ORDENA la desocupación y entrega del bien inmueble, el cual se encuentra situado en la Avenida San Martín, La Quebradita, Parroquia La Vega, Jurisdicción del Municipio Libertador del Distrito Capital, distinguido con el Nº 34, que forma parte de uno de mayor extensión identificado como "Segundo Lote" o "Lote Nro 2", el cual tiene una superficie aproximada de dos mil .....