Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, obrando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por virtud de la autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por DESALOJO incoara la ASOCIACION CIVIL CLUB TACHIRA, contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES TRESFERNATRI, C.A, ambas identificadas en la parte inicial del presente fallo.-
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada que entregue a la parte actora el inmueble en el que funciona el comercio cuya razón social es "El Caney" y su anexo denominado "La Churuta" ubicados dentro de la sede social del Club Táchira, situado en la Avenida Caurimare de la Urbanización Colinas de Bello Monte, Municipio Baruta Estado Miranda, Caracas, Distrito Capital.
TERCERO: Igualmente, se condena a la parte demandada que entregue a la actora todas las instala.....