Declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por el ciudadano MARIO ALEJANDRO
LEON ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad
Nros. V-16.472.959.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, queda DISUELTO EL VÍNCULO
MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos MARIO ALEJANDRO LEON ZAMBRANO y
MICADRY DESIRE YEPEZ, en fecha 09 de octubre de 2009, por ante Oficina Subalterna del
Registro Civil, Parroquia La Vega, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta del acta de
matrimonio inserta bajo Nº 67, de los Libros de Matrimonios Civiles llevados por ante ese Despacho.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la Resolución número 100623-
0220 de fecha 23 de junio de 2010, emitida por el Consejo Nacional Electoral (CNE) y publicada en
la Gaceta Oficial número 39.461 de fecha 08 de julio de 2010, se acuerda remitir copia certificada de
la Sentencia y del auto de ejecución, a l.....