En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE en razón del TERRITORIO para conocer la solicitud de DIVORCIO 185-A, interpuesta por los ciudadanos EDISON ENRIQUE ELY MORILLO e HILDA ROSA MUÑOZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.050.783 y V-15.587.045, respectivamente.
SEGUNDO: Declina la competencia para el conocimiento de la presente solicitud en los Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Miranda.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.
CUARTO: Déjese transcurrir íntegramente el lapso de cinco.....