Por lo anteriormente expuesto y en atención a la norma anteriormente transcrita y acogiéndose a la misma, este Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN en todas y cada una de sus partes a la transacción efectuada por la partes en fecha 18 de julio de 2019, en el juicio que por DESALOJO tiene incoado INVERSIONES IBALU, C.A., contra DATALINE, C.A. y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Asimismo, acuerda expedir por secretaría, las copias certificadas solicitadas.- ASÍ SE DECIDE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, 22 de julio de 2019. Años: 208º y 159°.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA Acc.,
Abg. IRENE GRISANTI CANO.
Abg. ANDREINA MEJIAS.
En la misma fecha y siendo las 12:38 pm, se publicó y registró la anterior decisión.
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