.-Se dictó sentencia interlocutoria mediante la cual se ordenó a la parte demandada, ciudadano UMBERTO MAGNI ESCALANTE, identificado en autos, el inmediato cumplimiento de la medida cautelar innominada dictada por este Juzgado en fecha 02-noviembre-2017 y ratificada mediante fallo de fecha 10- febrero-2017, en el sentido que se prohíbe la ocupación de la Sociedad Mercantil SILENCIADORES TUBESCA, C.A. o a cualquier otro tercero que pretenda ocupar o de cualquier manera usufructuar el inmueble de autos. Asimismo, se advirtió al demandado, que en caso de no cumplir de manera inmediata y directa con lo ordenado en la medida cautelar innominada antes referida, incurrirá en desacato judicial.-