.-Se dictó y publicó Sentencia Definitiva mediante la cual declaró LA CONFESIÓN FICTA DE LA PARTE DEMANDADA Y CON LUGAR LA DEMANDA.- De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil se condenó en costas a la parte demandada perdidosa por haber resultado vencida en el proceso. PRIMERO: La cantidad de VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (22.690,00), por concepto del saldo total de las planillas de condominio vencidas y no pagadas correspondientes a los meses que van desde diciembre de 2011 a febrero de 2014, ambas inclusive. SEGUNDO: Al pago de las planillas que se sigan venciendo desde marzo de 2014, hasta que el fallo quede definitivamente firme, se acuerda practicar experticia complementaria del fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil.- Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 251 ejusdem, se ordenó la notificación de las partes.-