DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio, intentada por los ciudadanos, HILDA JOSEFINA VALLADARES FUENTES y JOSÉ IVAN MARTÍNEZ, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.- 6.315.434 y V.- 17.963.764, respectivamente, como consecuencia de ello, se declara: Disuelto el vínculo Matrimonial que los unió, contraídos por ellos, en fecha día 24 de noviembre de 1995, por ante Jefatura Civil de la Parroquia Santa Teresa del Municipio Libertador del Distrito Capital, según evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio Nº 87, cursante a los folios 02, 03 y vto de la presente solicitud.
Asimismo, por cuanto el presente expediente pres.....