este Juzgado Vigésimo Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara; CON LUGAR la Rectificación del Acta de Defunción inserta en el libro de Registro Civil de Defunciones, llevado por la por ante el Registro Civil, Parroquia San Pedro del Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Defunción Nº 339, del año Dos Mil Catorce (2014), en cuanto a las omisiones correspondientes a algunos datos. En consecuencia, se rectifica la partida de defunción del ciudadano "OSWALDO MANUEL MUJICA BELLO" y se incluyan en la misma a los ciudadanos "OSWALDO ANIBAL VELIZ, OSWALDO ENRIQUE MUJICA BRITO Y OSWALDO JAEM MUJICA BRITO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, Nº V-14.787.645, V-19.345.935, respectivamente,", ASÍ SE DECIDE.