PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO sustentada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada el 23 de abril de 2019, por los ciudadanos ALIX TERESA GOMEZ DE HERNANDEZ y JESUS RAFAEL HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.251.592 y V- 3.711.806, respectivamente; asistidos por la abogada MARIALIS MENESES REQUENA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.365.935, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 138.159, adscrita al Servicio Jurídico Gratuito de la Clínica Jurídica de la Universidad Católica Andrés.-
SEGUNDO: Consecuente con lo decidido, se declara DISUELTO EL MATRIMONIO contraído el 04 de febrero de 1.988; por los ciudadanos ALIX TERESA GOMEZ DE HERNANDEZ y JESUS RAFAEL HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.251.592 y V- 3.711.806, respectivamente; por ante el JUZGADO DÈCIMO (10º).....