DECISIÓN
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso ordinario de apelación ejercido por la representación judicial de la parte accionada, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 14 de marzo de 2025, la cual queda REVOCADA en todas y cada una de sus partes.
SEGUNDO: SIN LUGAR la oposición que por mejor derecho hiciere la sociedad mercantil COMERCIALIZADORA MYRELS, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo del Distrito Capital y estado Bolivariano de Miranda, en fecha 08 de octubre de 2009, bajo el número 11, tomo 220-A-Sgdo, respecto de la marca "Farmacia L.....