-III-
DECISIÓN
Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este JUZGADO DÉCIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, CON COMPETENCIA NACIONAL EN EXTINCIÓN DE DOMINIO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión contenida en la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) incoada por BANCAMIGA BANCO UNIVERSAL, C.A., en contra de la sociedad mercantil FKC GROUP, C.A. y EVANDRO ANTONIO DI MATTEO D’AMICO, todos ampliamente identificados al inicio de esta sentencia, DECLARA:
PRIMERO: DECRETA: Medida de EMBARGO PROVISIONAL sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de UN MIL CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL QUINIENTOS DIECIOCHO BOLÍVARES CON OCHO CENTIMOS (Bs. 1.054.720.518,08), que comprende el doble de la suma demandada en pago, más las Costas .....