´ En consecuencia, la cuantía estimada de la pretensión que nos ocupa, excede la suma hasta la cual tienen autoridad su competencia los Tribunales de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas, todo ello conforme a lo establecido en la Resolución Nº 2023-0001, de fecha 24 de mayo de 2023, emitida por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, que fijó la cuantía máxima por la cual deben conocer los Juzgados de Municipio tres mil veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, establecido por el Banco Central de Venezuela.
En consecuencia, la cuantía estimada de la pretensión que nos ocupa, excede la suma hasta la cual tienen autoridad su competencia los Tribunales de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas, todo ello conforme a lo establecido en la Resolución Nº 2023-0001, de fecha 24 de mayo de 2023, emitida por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, que fijó la cuantía máxima por la cual deben conocer los Juzgados de Municipio .....