Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE la pretensión contenida en la demanda que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACIÓN Y/O VÍA EJECUTIVA) incoara el ciudadano DOUGLAS RUBEN GARCIA LEON, contra el ciudadano YORVIN ESTALY RONDON, identificados al inicio, por resultar la misma contraria al orden público.
Dada la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la Ciudad de Caracas, a los cuatro (4) días del mes de febrero de dos mil veintiséis (2026).- Años: 215º de la Independencia y 166º de la Federación.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,.....