Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO de compra venta incoara la ciudadana CARMEN ALICIA UZCATEGUI MANZANILLA., contra la ciudadana CARMEN JULIA SOLER GARCIA, ampliamente identificadas al inicio de esta decisión, DECLARA: SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 7mo del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil referida a la existencia de una condición o plazo pendientes promovida por la representación judicial de la parte demandada.
De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada por haber resultado vencida en esta incidencia.
Por cuanto la presente decisión ha sido dictada en la oportunidad legal prevista para ello, no requiere la notificación de las par.....