Por las razones antes expuestas, este JUZGADO SUPERIOR UNDÉCIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO CON SEDE EN LA CIUDAD DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 2, 26, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara ADMISIBLE el Recurso de Extraordinario de Casación anunciado en fecha 17/03/2026, por el abogado ALBERTO RANIERI PÉREZ BERMÚDEZ, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el N° 192.612, actuando en su propio nombre y representación como parte intimante, contra la sentencia proferida por esta alzada en fecha 11/03/2026, en el juicio por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORIARIOS PROFESIONALES, que sigue el ciudadano ALBERTO RANIERI PÉREZ BERMÚDEZ contra la ciudadana CONCEPCIÓN DE FREITAS FERNÁNDEZ, ambos identificados plenamente en el cuerpo del presente fallo.