III
DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en la sentencia dictada con carácter vinculante por la Sala Constitucional N° 1070 de fecha nueve (09) de diciembre de 2016, solicitado por el ciudadano ALBERTO RAFAEL LEON HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°19.590.013, contra la ciudadana MAIGRES BETANIA MORLES ALDAZORO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°22.189.492.-
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, celebrado en fecha trece (13) de marzo del año 2017 por ante el Registro Civil de la Parroquia Guerrera Ana Soto del Municipio Iribarren .....