este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara PRIMERO: CON LUGAR la pretensión que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO de cesión de bien inmueble, intentada por DIANA DE LAS NIEVES DURAN APOLINAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, N° V-13.473.671 y de este domicilio contra los ciudadanos GUSTAVO JOSE ARANBULET RODRIGUEZ y ZULAY COROMOTO CEDEÑO DE ARANBULET, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V-11.596.339 y V-13.362.700, respectivamente, de este domicilio. En consecuencia, RESUELTO EL CONTRATO privado suscrito por las partes en fecha 05/08/2023. Se condena al demandado reintegrar a la demandante la suma de SEIS MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD$ 6,500.00) por reintegro retenido arbitrariamente, la cantidad de SEIS MIL QUINI.....