´Por las razones expuestas, este Juzgado Primero Superior (1º) del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora, contra el auto de admisión de pruebas de fecha veintinueve (29) de julio de Dos Mil Veinticinco (2025), dictada por el Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo de Caracas. SEGUNDO: Se modifica el auto apelado, solo en cuanto a la solicitud de la reproducción del audio transcrito y anexo marcado con la letra "G" de fecha 02 de agosto del 2024. TERCERO: Se ordena al Tribunal a quo admitir la prueba in comento. CUARTO: No hay condenatoria en costas, en virtud de la naturaleza del fallo.
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