este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la pretensión que por ACCIÓN REIVINDICATORIA ha intentado la ciudadana ISABEL CRISTINA FEBRES BARROETA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.166.147, de este domicilio contra la ciudadana YRIS ALBERTINA ESCALONA MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.981.358, de este domicilio, en consecuencia se ordena la entrega del inmueble constituido por un apartamento con las siguientes dependencias: Hall de entrada, comedor, recibo con balcón, cocina, lavadero, un dormitorio principal con baño, dos dormitorios secundarios y un baño auxiliar, destinado para vivienda, distinguido con el n°12 situado en el Edificio Crespo. Dicho edificio forma parte de un conjunto residencia.....