este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR, la acción de PRESCRIPCION ADQUISITIVA, incoada por el ciudadano EDWIN ANTONIO HEREDIA ORELLANA, Venezolano, mayor de edad, titular de las cedula de identidad No. V-11.879.829, de este domicilio contra Sociedad Mercantil INVERSIONES 4517, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 25/11/1999, bajo el n°36, tomo 44-A, en la persona de la ciudadana GUIOMAR SIGALA DE PEREIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° V-2.916.611, de este domicilio, en su carácter de Presidenta de la empresa. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida en el presente juicio, de conformidad con el art. 274 del Código de Procedimien.....