, este Juzgado Trigésimo Sexto (36°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por las ciudadanas WALESKA ESPINOZA y YANDRITH ZARRAMERA, YELITZA RONDON, titulares de la cedula de identidad Nros. V-18.223.616, V- 16.380.645 y V-19.733.221 respectivamente, contra las entidades de trabajo CORPORACIÓN TOYOPARAISO 2014, C.A, CORPORACIÓN CHEVROPARAISO 2016, C.A, INVERSIONES JOCAR 2014, C.A y contra el ciudadano demandado en FORMA PERSONAL: CARLOS JOSE MONSALVE OROPEZA, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.020.243, por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales, condenándose a pagar los conceptos que fueron determinados en el cuerpo de la presente decisión.