Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los artículos 12, 18, 16, 341 y 346 ordinales 1°, 4°, 6° y 11° del Código de Procedimiento Civil, DECLARA:
PRIMERO: ACEPTA la declinatoria de competencia planteada por el Juzgado Vigésimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, según decisión de fecha 27 de junio de 2025.
SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda MERO DECLARATIVA de certeza intentada por la sociedad mercantil ADMINISTRADORA VAL PARKING, C.A., previamente identificada, contra la COMUNIDAD DE COPROPIETARIOS DEL CENTRO COMERCIAL PASEO LAS MERCEDES, representada en juicio por su administradora, ciudadana ELIANA MAILY BUSTAMAN.....