´´este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le otorga la Ley, ha decidido:
PRIMERO: NEGAR TODAS las MEDIDAS NOMINADAS DE EMBARGOS PREVENTIVO Y DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, solicitadas por la ROSALYN YZARRA VARGAS, venezolana, mayor de edad, casada, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-13.264.570.
SEGUNDO: NIEGA TODAS LAS MEDIDAS INNOMINADAS, concerniente al cese de la actividad comercial de la empresa FABRICA DE VELAS Y VELONES SEGOVIA, C.A, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha (08/04/2.013), bajo el N° 39, Tomo, 44, expediente N° 365-20836, al acceso y al llamado de la Asamblea Extraordinaria de la referida empresa, solicitadas por la ROSALYN YZARRA VARGAS, venezolana, mayor de edad, casada, de este domicilio, titular de la .....