este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en la pretensión contenida En la demanda que por PARTICIÓN DE COMUNIDAD HEREDITARIA incoaran los ciudadanos JOSÉ ENRIQUE MENÉNDEZ ÁLVAREZ, MARÍA TERESA PARDO MENÉNDEZ, JORGE ALBERTO PARDO MENÉNDEZ y JORGE PARDO FEBRES CORDERO, contra el ciudadano FRANCISCO MENÉNDEZ ÁLVAREZ, ampliamente identificados al inicio de esta decisión, DECLARA: CONCLUIDA la presente PARTICIÓN DE COMUNIDAD HEREDITARIA, con lo cual se deberá proceder a la liquidación de los bienes inmuebles objeto del presente asunto, con arreglo a la partición habida, por lo que una vez quede definitivamente firme el presente fallo, los accionantes deberán consignar el pago del porcentaje de la cuota que corresponde al comunero FRANCISCO MENÉNDEZ ÁLVAREZ, previa las deducciones ind.....