Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por PARTICIÒN incoara el ciudadano YURI MANUEL SOLORZANO CABRERA, contra la ciudadana CLEMENZAIDEE DELGADO FERNANDEZ, ampliamente identificados al inicio, DECLARA: Se DECRETA medida de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el 50% de los derechos proindivisos de un (1) inmueble constituido por una casa-quinta distinguida con el N° 4 y la parcela de terreno sobre la cual está construida, ubicado en el Parcelamiento Residencial Santa Inés, carretera vieja de Baruta, prolongación de la Avenida Principal Urbanización Santa Inés, Municipio Baruta del estado Miranda, distinguida la parcela también con el N° 4, con una superficie de ciento setenta y un metros cuadrados con cincuenta y cinco decímetros cuadrados (171,55 mts2).
Dada la naturaleza del prese.....