Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión contenida en la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) incoara la sociedad mercantil EDITORIAL SANTILLANA, S.A., contra la sociedad mercantil DISLITEX, C.A., ampliamente identificadas al inicio, DECLARA: Se DECRETA Medida de EMBARGO PROVISIONAL sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL SESENTA Y SIETE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON CINCO CENTAVOS (USD $ 218.067,05), equivalentes a la cantidad de QUINCE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON TREINTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 15.266.874,31), que comprende el doble de la suma demandada en pago, más las Costas Procesales prudencialmente calculadas por este Juzgado en un 25 % del monto adeuda.....