Por todas las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este JUZGADO SUPERIOR UNDÉCIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO CON SEDE EN LA CIUDAD DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 2, 26, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano CÉSAR SMITH VACA GUEDEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-10.537.362, debidamente asistido por el abogado JESÚS MARÍA AVENDAÑO, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el N° 27.546, contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo con sede en la ciudad de Caracas, en fecha 02/02/2026.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la solicitud de control difuso prevista en el art.....