Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoara el ciudadano GERARD JOSEPH CARUSO, contra el ciudadano GIUSEPPE CARUSO MALANGA, ampliamente identificados al inicio, y como consecuencia de ello, se condena a la parte demandada a pagar a la actora:
PRIMERO: La cantidad de TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA BOLIVARES (372.240,00);
SEGUNDO: Se acuerda la indexación monetaria de la cantidad reclamada en el petitorio, esto es, TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA BOLIVARES (372.240,00), para lo cual se ordena practicar experticia complementaria del fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, con la designación de un solo experto, desde .....