DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide.
PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la abogada FANNY DANIELA MARTINEZ SANTANA, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 279.091, en su carácter de apoderada judicial de la accionante CRUMAR C.A, ya identificada en autos, contra la declaratoria de procedencia en la oposición a la admisión de la prueba testimonial para ratificación de copias de documento privado de la ciudadana MILAGROS CAÑAS, titular de la cedula de identidad N° V-5.327.689, planteado por el abogado JORGE LUIS MARIN BECERRA, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 143.533, en su carácter de apoderado judicial de la accionada PANADERÍA INDEPENDENCIA C.A, dictado en auto de fecha 09 de Marzo del año en curso, por el Juzgado Segundo de .....