Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la querella de AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por los ciudadanos JUAN GABRIEL REIS DE ALMADA, JEAN SAMUEL REIS DE ABREU y KEVIN YOSEF REIS DE ABREU, contra la Asociación Civil CENTRO PORTUGUÉS, en la persona de su Junta Directiva, así como la COMISIÓN DE JUSTICIA y COMISIÓN DE DISCIPLINA del referido Centro Portugués, ampliamente identificados al inicio de esta decisión, DECLARA: Se decreta MEDIDA INNOMINADA consistente en la SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS de la sanción de suspensión por un lapso de noventa (90) días continuos en actividades de la asociación y en áreas de sus instalaciones, impuesta por la Junta Directiva del Centro Portugués en fecha 1ro de septiembre de 2025 y ratificada en fecha 8 de octubre de 2025, en consecuencia, s.....