Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el desistimiento interpuesto el 09 de mayo de 2024, por la profesional del derecho INÉS ADARME MÉNDEZ. SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto en fecha 03 de abril de 2024, por los abogados VICTOR ÁLVAREZ MEDINA e INÉS ADARME MENDEZ, quienes actúan como apoderados judiciales de la parte demandada, ciudadanos BRUNO HELDER AQUINO SOAREZ y MAILLETTI JOELY RÁMIREZ LEAL, contra el auto de fecha 01 de abril de 2024, dictado por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, SE REVOCA el referido auto dictado en fecha 10 de abril de 20.....