Vista la diligencia suscrita en fecha 30 de Julio de 2012, por el ciudadano Edgar Armando Vargas, venezolano, mayor de edad y titular de cedula de identidad Nº 3.149.773, debidamente asistido por el abogado José Navarro Adeyan,, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 21.207, mediante la cual APELA de la decisión dictada por este Tribunal en fecha veintiséis (26) de Julio del presente año, se oye la misma en un solo efecto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Asimismo se ordena realizar por Secretaría un cómputo de los días hábiles transcurridos desde el día 26 de Julio de 2010, exclusive, hasta el primero (01) de agosto del presente año, inclusive, lapso de tres (03) para ejercer el respectivo recurso.
EL JUEZ,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
EL SECRETARIO.
RICHARS MATA.
Quien suscribe, RICHARS DOMINGO MATA, Secretario del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y de.....