I
ÚNICO
En el escrito que dio origen a las presentes actuaciones, el solicitante demanda en divorcio a su cónyuge ciudadana YETSENIA OLIVARES ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad número V- 16.413.513, por la causal prevista en el artículo 185 numeral 2, del Código Civil, es decir, "el abandono voluntario".
Así las cosas, encontrándose fundamentada la solicitud de divorcio en el numeral 2º del artículo 185 del Código Civil, debe necesariamente este Juzgado analizar el ámbito de competencia de los Juzgados de Municipio, en tal sentido, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3 de la resolución No. 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 39.152, en fecha 2 de abril de 2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, a los Juzgados de Municipio de la República se les asignó el conocimiento de los asuntos no contenciosos, en materia civil, mercantil y fam.....