IV
En razón de lo anteriormente expuesto, esta Sala 10 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento: ADMITE el recurso de apelación planteado por la ciudadana FRANCIS JACQUELINE PÉREZ HERNÁNDEZ, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 41.359, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ENRIQUE JOSÉ GOSLING GUERIRE, titular de la cédula de identidad Nº V-3.365.913, en su condición de víctima, contra la decisión dictada el 17 de marzo de 2015, por el Juzgado Décimo Noveno (19°) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó de conformidad con lo establecido en el artículo.....