Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana SORAIMA PEREZ, Defensora Pública Auxiliar Séptima en materia de Violencia Contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas, defensora del ciudadano LUIS GREGORIO HERNANDEZ NAVARRO, titular de la cédula de identidad Nº V- 23.926.026, "...en contra el pronunciamiento dictado en fecha 08 de noviembre de 2016, específicamente en cuanto a que el Tribunal de la causa no se pronunció en todo lo solicitado por la defensa, violentando así lo establecido en los artículos 26 y 49 numeral 1º (sic) de la Constitución de la República Bolivariana de V.....