PARCIALMENTE CON LUGAR. la demanda incoada por los ciudadanos SILVERIO DE JESUS UMBRIA CABEZAS y OCTAVIO DELGADO PAREDES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.241.619 y 9.384.697 respectivamente, en contra de las sociedades mercantiles CERVECERÍA LA TERTULIA S.R.L., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 11 de julio de 1974, bajo el Nro. 82, Tomo 96-A, y RESTAURANT LA TERTULIA C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 28 de junio de 1990, bajo el Nro. 28, Tomo 78-A-Pro, y en forma personal contra el de cujus JAIME ACERO ACERO, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 6.348.461, como consta copia certificada del Acta de Defunción de fecha 14 de septiembre de 2007, quienes son sus coherederos conocidos ciudadanos CONSUELO LOPEZ DE ACERO.....